A partir de ahora, los clientes que vayan a un local donde se paguen servicios, no deberán esperar más de 30 minutos. Si eso pasa, tendrán la oportunidad de hacer una denuncia para que se le aplique una multa al comercio, porque se acaba de poner en funcionamiento la “Ley de trato digno”.

Es que el Poder Ejecutivo santafesino reglamentó la ley 13.712, promulgada en febrero de 2018. Por eso desde ahora, tras la publicación en el boletín oficial, la Secretaría de Comercio Interior aplicará multas que van de los 500 a los 500 mil pesos a los locales que incumplan.

Los lugares donde se aplicará la norma son entidades bancarias, financieras, mutuales de ayuda económica, empresas prestadoras de servicios públicos (como la Empresa Provincial de la Energía o Litoral Gas), compañías de telefonía móvil, medicina prepaga, servicios de televisión por cable o internet, entre otros, que cuenten con lugares habilitados para cobros, pagos o trámites de toda la provincia.

Además, la ley obliga a los locales a contar con un sanitario disponible para los usuarios. Para controlar que los clientes no esperen más de media hora, en cada lugar deberán implementar un sistema de registro de horario de llegada y de salida, como asimismo del trámite a realizarse.

Para hacer la denuncia, es necesario que el usuario lleve a la Oficina de Defensa del Consumidor

una copia del libro de quejas y el ticket que indique que ingresó al local, para probar que no la atendieron en menos de media hora.

Para adaptarse, los locales tendrán poco menos de dos meses. Luego, empezarán a correr las multas para quienes no se adapten a la ley de “trato digno”.