El 8 de diciembre, Luis Chocobar, un efectivo de seguridad de la ciudad de Buenos Aires, persiguió y disparó contra un chico de 18 años que acaba de robar y atacar a puñaladas a un turista estadounidense. Desde ese momento su vida daría un vuelco rotundo.

El 24 de enero la Justicia lo procesó por “homicidio agravado” y días después el presidente Mauricio Macri lo recibió y dijo que era un ejemplo. Pero la aparición del video donde el policía dispara al ladrón cuando este corre de espaldas al efectivo y desarmado, provocó un cimbronazo y abrió el debate: ¿hizo bien Chocobar al disparar?

Desde el Ministerio de Seguridad de la Nación sostienen que, según “los indicadores de formación”, el policía “actuó como tiene que actuar”.

“En nuestro país la policía nunca pierde lo que se llama ‘el estado policial'”, le dijo al portal Infobae el Subsecretario de Formación Policial, Matías Lobos, haciendo referencia a que “este estado rige todo el tiempo, por eso aún estando de civil el oficial está obligado a actuar”, como fue el caso de Chocobar.

Según los manuales policiales, la lista en la que puede hacerse uso de armas de fuego muestra:

-En defensa propia o de otras personas

-En caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves

-Con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida

-Con el objeto de detener a una persona que represente peligro para la vida y oponga resistencia a su autoridad

-Impedir una fuga

-Y siempre que resulten insuficientes las medidas menos extremas.

-Sólo se podrá hacer uso de intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida.