Las imágenes son elocuentes, durante la revisión de las provisiones que familiares llevan a los reclusos en las distintas cárceles de la provincia, se puede ver como se introducen drogas, celulares y dinero de manera ilegal entre la mercadería.

La razón por la cual el Ministerio de Seguridad y el Servicio Penitenciario difunden estas imágenes es por que presentaron un recurso de inconstitucionalidad por las requisas a familiares de internos.

Como tarea preventiva, las requisas son un tema fundamental en materia de seguridad. El personal penitenciario revisa a todas las personas que a diario ingresan a visitar a los internos, siguiendo los protocolos en base a fallos judiciales de la Nación.

Estas requisas se realizan para impedir que ingresen elementos prohibidos a las unidades penitenciarias.

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Debido a que se han detectado varios casos de elementos no permitidos dentro del
penal, se trabajó en una resolución para regular la cantidad de kilos que los
familiares ingresan a las unidades penitenciarias.

Además el Subsecretario de Asuntos Penitenciarios, aclaró que “hoy la unidad penitenciaria de Coronda tiene 25 agentes penitenciarios abocados a la tarea de requisas, lo cual es un número muy grande, por lo cual la respuesta no es sumar personal, sino también reglamentar debidamente lo que es el ingreso de los bultos por parte de las visitas”.

En tanto, recordó que existe cierta imposibilidad para evitar que este tipo de elementos ingresen ya que “hay un fallo de la Corte Suprema de Justicia –el fallo Arena- por el cual no se permite que se hagan requisas intrusivas (requisa profunda anal o vaginal) y establece que se debe preservar la dignidad de las personas. Nosotros tenemos un decreto conforme a ese fallo donde se prohíben las requisas profundas, solo está permitido requisas visuales y a través de elementos electrónicos, además de solicitar a los visitantes que entreguen la ropa para hacer requisa palparea y nada más.

Lamentablemente, este tipo de artilugios permite el ingreso de elementos no permitidos a las Unidades penitenciarias, tal como se puede ver en el video”.

 

La reglamentación establece que la cantidad de peso que deben tener los bultos de las visitas a las unidades penitenciarias, no pueden superar los dos kilos, por visita, por interno.

Esta medida, por el momento, se encuentra en suspenso debido a un habeas corpus interpuesto por la defensa penal. Con respecto a esto, el Subsecretario de Asuntos penitenciarios, Juan Martínez Saliba afirmó que “habíamos propuesto que el máximo que se podía ingresar al penal era de 2 kilos por visita y actualmente como esa medida está en suspenso, están ingresando mayor cantidad lo que dificulta las requisas”.

Asimismo, “por una orden judicial también estamos en una mesa de diálogo con el
servicio de la defensa y hemos implementado un sistema de caja rápida o ingreso
rápido que permite que las personas que deseen ingresar con menos de 2 kilos
pasen con un numero diferenciado y nos hemos encontrado con que más de un 40%
de las visitas respetan este número”, expresó Martínez Saliba.

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“Es un sistema más rápido, más sencillo en materia de seguridad, para las visitas
es beneficioso porque tienen mayor tiempo con sus familiares y llevan lo que
van a consumir en el día, creemos que no todo el mundo está en contra del tope
máximo por cada visita, y esto se ve reflejado a diario”, resaltó el
funcionario.

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En relación a la presentación de inconstitucionalidad por el habeas corpus de la defensa penal, Saliba dijo que “tenemos por un lado una resolución de cámara que nos ordena la suspensión sin términos de las resoluciones emanadas por el servicio penitenciario y por el otro lado establece que sumemos más personal del servicio penitenciario a las requisas. No es una medida que nosotros aceptemos, sin embargo seguimos el camino legal como lo es la presentación de un recurso de inconstitucionalidad ante esta resolución de cámara, porque entendemos que es una injerencia a las potestades del poder ejecutivo, ya que es el director general del servicio penitenciario que debe determinar el lugar de trabajo del personal y la prestación de los servicios”.