El organismo dispuso este miércoles la suspensión de la comercialización de ambos productos en todo el país porque no cumplen con la normativa vigente.
Se trata de dos marcas de colágeno hidrolizado. La medida es porque ambos complementos antienvejecimiento carecen de la información establecida por el Código Alimentario y no están autorizados.
La medida, válida para todo el territorio de la República Argentina, impide la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de cinco productos rotulados como “Crema de Maní Hardy”.
La medida, válida para toda la provincia de Santa Fe, impide, además, la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de dicho aceite.
La medida, válida para toda la provincia de Santa Fe, impide, además, la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del mismo.
La medida es para todo el territorio provincial, donde impide además la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del mismo.