El Gobierno prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 la Ley que impide despidos o suspensiones de empleados por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, dispuesta por el artículo 2° del Decreto 329/20.

Por lo tanto, las decisiones que violen ese marco quedarán sin “efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.

El DNU 39/2021 ya había plasmado en enero la prórroga de la doble indemnización, con un tope de $ 500.000. En el artículo N°5, aclara: “Durante la vigencia de la emergencia ocupacional, en los casos de despidos sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente, en los términos del citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19″.

Desde la Unión Industrial habían manifestado rechazo a la posibilidad de esta prórroga. El titular de la entidad, Daniel Funes de Rioja, cuestionó la decisión. De acuerdo con Télam, al asumir en su nuevo cargo brindó una conferencia y habló de lo que llamó “triple cepo laboral”. Se refirió de esa manera las prohibiciones de despidos, suspensiones y a la doble indemnización en medio de la pandemia.