La Assal anunció la prohibición de dos productos de la marca “Salmar”. La medida es para todo el territorio nacional, además impide la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del producto.
El Ministerio de Salud de Santa Fe, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio nacional del producto alimenticio rotulado como “sal fina y gruesa sin TACC”, de la marca “Salmar”.
La actuación se realizó mediante la orden Nº 029/2018 , debido a que los productos no se encuentran aprobados ni registrados con el atributo libre de gluten.
PRODUCTOS
Los dos productos pertenecen a la marca Salmar, con domicilio en Santiago del Estero 466, de la localidad de Roldán, provincia de Santa Fe.
>> Sal fina “Salmar”
RNE: 21-114443
RNPA: 21-113538
>> Sal gruesa “Salmar”
RNE: 21-114443
RNPA: 21-113539
La medida incluye a todas las presentaciones existentes, debido a que el producto no se encuentra habilitado por el Código Alimentario Argentino. Esto no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento y representa un peligro para la salud de la población.




















