Tras los anuncios del martes a la noche, el gobierno de Omar Perotti envió nuevas restricciones, en la mañana del miércoles. Esta vez, referidas al teletrabajo en distintas actividades y a la aclaración del horario para los comercios mayoristas y minoristas.

En cuanto a este último punto, en cuanto a la venta de mercaderías con atención al público, la información oficial indica: “la actividad podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecisiete (17) horas; y hasta las diecinueve (19) horas, los que comercialicen productos alimenticios”. Y agrega: “El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Sobre el teletrabajo o trabajo remoto para el personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas, el PDF de la Provincia indica: “Se invita a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible”.

En cuanto a la suspensión de otras actividades, indicaron: “Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, en éste último caso para realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho”.

Y continúa: “Actividad inmobiliaria y aseguradora, resguardando en éste último caso guardias para la recepción de denuncias de siniestros, en la medida que no puedan realizarse de manera remota”.

Luego, sobre la suspensión de actividades, agrega: “Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sede en el territorio provincial; quedando expresamente excluida de la suspensión el funcionamiento de obras sociales, en aquellas actividades que no pudieren realizarse en forma remota o mediante teletrabajo”.

Por último, la información oficial, agrega: “Actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, las que deberán desarrollarse en forma remota o mediante teletrabajo”.