En vísperas de un nuevo feriado, y como sucede en reiteradas oportunidades, los trabajadores sienten incertidumbre acerca de cuales son los días laborales. El próximo martes 9 de julio es feriado inamovible y el lunes aparece como día “no laborable”.

El propósito de dicha calificación es netamente turístico, a lo que muchos denominan como “feriado puente”. Esta forma de referirse a la fecha generó cierta confusión sobre qué pasaría con ese día.

Según indica la ley de contrato de trabajo en su artículo 167, en los días no laborables “el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple”.

Los que seguro tendrán el día libre son las personas que trabajan en la administración pública, en bancos y en el sector de seguros.