El arroz largo fino de la marca Bramador fue desautorizado para la comercialización ya que no cumplía con la normativa alimentaria vigente al “estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal, resultando ser en consecuencia ilegal”.

En ese sentido, el organismo resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten”, marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917, elaborador: Cia. Arrocera Santafesina S.A, Ruta Provincial N° 1 km 265, localidad de Alejandra, provincia de Santa Fe.
Además se prohibió el “Té Matcha Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten”, envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile carecía de autorización y por ende lo definió como “producto ilegal”. Por ese motivo, la Anmat resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del “Té Matcha Makam Food, Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten” envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile.



















